Últimas

Publicidad Intermedia

test banner

lunes, 1 de diciembre de 2025

Atlántico implementa nuevo pico y placa para motocarros, cuatrimotos y motocicletas en vías secundarias y terciarias


La Gobernación del Atlántico, a través del Instituto de Tránsito del Atlántico, expidió el Decreto 000362, mediante el cual se adoptan nuevas medidas de pico y placa para motocarros, cuatrimotos y motocicletas en las vías secundarias y terciarias del departamento, con el fin de reducir la alta siniestralidad asociada a este tipo de vehículos y mejorar el orden en la movilidad.

Según la administración departamental, el sostenido crecimiento en el flujo de motocicletas y motocarros ha provocado un incremento preocupante en los índices de accidentalidad y desórdenes viales en los municipios. Por ello, el decreto establece dos tipos de restricciones: una regulación diurna que opera de 8:00 a. m. a 11:59 p. m., con días asignados según el número final de la placa; y una regulación nocturna entre las 11:00 p. m. y las 4:00 a. m., aplicable los fines de semana y festivos.

El director del Tránsito del Atlántico, Carlos Granados, explicó que la medida surge tras varios meses de trabajo coordinado con autoridades municipales para unificar criterios en todo el departamento. Señaló que el objetivo es fortalecer el control vial en temporada de fin de año y carnavales, mitigar la accidentalidad, mejorar la seguridad y garantizar un tránsito ordenado en las carreteras departamentales.

El decreto también contempla sanciones para quienes incumplan las restricciones, incluyendo una multa equivalente a quince salarios mínimos diarios legales vigentes y la inmovilización del vehículo por un día. No obstante, se estableció un periodo educativo durante el mes de noviembre, en articulación con las autoridades locales, para facilitar la apropiación de la norma por parte de los ciudadanos y conductores.

Asimismo, se definieron excepciones para categorías como organismos de seguridad, personal de salud, mensajeros identificados, supervisores de vigilancia, vehículos de emergencia, medios de comunicación, transporte de personas con discapacidad y entidades de servicios públicos, siempre que cuenten con la identificación requerida por la autoridad competente.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Publicidad Final

test banner