Entre las medidas se destaca la prohibición de circulación y parqueo de cualquier tipo de vehículo automotor en las tres parroquias: Santa Ana, Santa Elena y Santa Lucía.
Se exceptúan de la medida establecida en el presente artículo los vehículos del sector de la salud, organismos de seguridad y atención de emergencias, y los de servicios del Estado indispensables para atender emergencias.
Ley Seca
Prohibir el expendio y consumo de bebidas alcohólicas desde el jueves 28 de marzo de 2024 a las 6:00 a.m., hasta el sábado 30 de marzo a las 6:00 a.m.
Durante los días 24,25,26,27, 28y 29 de marzo se prohíbe el funcionamiento de pickup, turbos, equipo de sonido y/o en general cualquier artefacto de ampliación sonora similar, en lugares aledaños a las iglesias y templos religiosos.
La Policía Nacional, Organismos de Tránsito y Transporte del Atlántico, Inspectores Urbano y Rurales de la Alcaldía de Baranoa, en el marco de sus competencias constitucionales y legales quedan facultados para hacer cumplir las medidas establecidas en el presente Decreto.
El incumplimiento de la presente medida dará lugar a la imposición de sanciones a la que haya lugar en los términos de la Ley 1801 de 2016.
El presente Decreto firmado por el alcalde de Baranoa, Edinson Palma, rige a partir de su expedición.
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